JAÉN, 29 de diciembre.
La Audiencia Provincial de Jaén ha decidido suspender la entrada en prisión del exalcalde de Linares, Juan Fernández, mientras se tramita su solicitud de indulto. Sin embargo, esta suspensión tiene un límite: se mantendrá vigente solo hasta el 30 de agosto de 2026, plazo en el cual se espera que el Consejo de Ministros emita su decisión. Si para esa fecha no se ha resuelto su petición, Fernández cumplirá su condena.
Fernández fue condenado a tres años de prisión y siete años de inhabilitación por malversación de fondos públicos, lo que ha generado un arduo debate en torno a su situación legal.
En el fallo de la Audiencia, el juez Fernando Moral recalca que la suspensión de la ejecución de sentencias firmes se concede únicamente en "circunstancias excepcionales". A pesar de ello, menciona que fue un jurado popular el que emitió la condena, y que este mismo jurado, por un estrecho margen de cinco votos a cuatro, recomendó un indulto parcial a favor de Fernández, lo que ha influido en la decisión actual.
A pesar del apoyo del jurado para su indulto, el magistrado enfatiza que la suspensión es temporal. Una vez que llegue la fecha límite, si no se ha otorgado el indulto, Fernández deberá enfrentar su condena.
Cabe señalar que esta suspensión se lleva a cabo a pesar de la oposición de la Fiscalía, que considera que Fernández no merece tal privilegio y que se opondrá a su indulto cuando llegue el momento.
Juan Fernández ha comenzado una campaña de recogida de firmas para fortalecer su petición de indulto, obteniendo cerca de 4.000 apoyos tanto en formato presencial como digital.
En junio de este año, el Tribunal Supremo ratificó la sentencia que estableció su condena por cobrar sobresueldos durante su mandato como alcalde, lo que ascendió a 125.377 euros, proveniente de las arcas del grupo municipal socialista del cual fue portavoz.
El jurado declaró a Fernández culpable en marzo de 2023 por el delito de malversación. Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía redujo su pena, el Supremo desestimó su recurso, devolviendo el caso a la Audiencia para que se cumpliera la sentencia.
Para que se considere la concesión de un indulto, la sentencia debe ser definitiva. Al rechazar el recurso presentado, el Supremo dictó que no existían más posibilidades de apelar y ordenó la ejecución de la sentencia por parte de la Audiencia de Jaén.
Juan Fernández se desempeñó como alcalde de Linares desde 1999 y fue portavoz del grupo socialista entre 2011 y 2017. Durante su mandato, el tribunal determinó que se apropió de fondos públicos de manera ilegal, lo que en su defensa no logró justificar, argumentando que desconocía que dichos fondos eran de carácter público.
El Supremo subrayó que la utilización de fondos públicos para beneficio personal de un funcionario es un desvío ilegal de recursos. En su resolución, el tribunal también precisó que los pagos que se hizo a sí mismo no podían considerarse dietas por gastos relacionados con las actividades del grupo municipal.
Fernández ha sostenido que su situación actual es resultado de una persecución política y personal por haber priorizado los intereses de Linares sobre los del PSOE.
La decisión de suspender la entrada en prisión es bastante poco común; en la Audiencia de Jaén, este tipo de concesiones se consideran excepcionales. Un caso similar se presentó en 2016 con otro exalcalde, quien también vio suspendida su pena en espera de un indulto que finalmente le fue denegado.
Otro ejemplo es el de Andrés Bódalo, un exconcejal que fue encarcelado por agresiones y cuyo indulto fue solicitado una vez que ya había ingresado en prisión, lo que demuestra las complicadas dinámicas en torno a los indultos y su tramitación.
En conclusión, el futuro de Juan Fernández pende de la decisión que tome el Consejo de Ministros en los próximos años, lo que seguramente mantendrá el interés tanto mediático como social en torno a su caso.
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