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El Constitucional archiva los recursos de Junqueras, Turull y Romeva tras extenderse la amnistía

El Constitucional extingue los recursos de Junqueras, Turull y Romeva tras la extensión de la amnistía por malversación decidida por el Supremo.

Redacción automática · Crónica España 2 min de lectura

El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos de amparo presentados por Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva contra las resoluciones del Tribunal Supremo que les denegaron la aplicación de la amnistía por el delito de malversación de caudales públicos. El alto tribunal da así por extinguidos los procedimientos al considerar que el objetivo perseguido por los recursos ya se ha cumplido.

La decisión llega después de que el Constitucional estimara el recurso de amparo de la exconsejera Dolors Bassa contra las mismas resoluciones del Supremo. Tras ese pronunciamiento, la Sala de lo Penal del Supremo acordó extender los efectos de esa sentencia al resto de condenados afectados por la misma ejecutoria, declarando extinguida su responsabilidad criminal y archivando definitivamente la ejecutoria.

En sus recursos, Turull sostuvo que las resoluciones impugnadas aplicaron de forma extensiva la excepción prevista en la ley de amnistía para quienes actuaron con el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, lo que a su juicio vulneraba su derecho a la legalidad penal. También cuestionó la aplicación de la excepción relativa a la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea, basada en un supuesto riesgo de secesión territorial que, según alegó, la propia sentencia condenatoria consideró que no fue real.

Junqueras y Romeva, por su parte, denunciaron que las resoluciones hicieron una interpretación irrazonable de esas mismas excepciones, apreciando un propósito de enriquecimiento y una afectación de los intereses financieros de la Unión Europea que, según indicaron, no fueron objeto de debate contradictorio ni quedaron plasmados en la sentencia. Alegaron, en consecuencia, la vulneración de la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad penal, el derecho a un proceso con todas las garantías y el derecho de participación política.

Con el archivo definitivo de la ejecutoria, el Constitucional concluye que el interés legítimo esgrimido en ambos recursos queda agotado, por lo que procede su extinción sin entrar en el fondo de los argumentos planteados por los recurrentes.

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