Crónica España.

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"Regreso del IVA en luz y alimentos, impuesto bancario y tipo del 15% para empresas: cambios fiscales en 2025"

El Ejecutivo español continúa las conversaciones con diversos grupos parlamentarios para implementar un aumento en el impuesto al diésel, con el objetivo de hacerlo efectivo a partir del año que viene.

En el contexto de las reformas fiscales, este 2025 se caracterizará por una serie de cambios significativos, que incluyen la reconfiguración del impuesto a la banca, la introducción de una nueva tasa destinada a las grandes empresas energéticas, aún en proceso de convalidación en el Parlamento, así como la restauración del IVA sobre la electricidad y los productos alimenticios a sus niveles anteriores a la crisis inflacionaria. Además, se aplicará un tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para las grandes corporaciones.

La reforma fiscal ha sido uno de los proyectos más desafiantes para el Gobierno en esta legislatura, enfrentándose desde el inicio a intensas negociaciones con múltiples grupos parlamentarios. Aunque logró avanzar en su tramitación en el Congreso, el Ejecutivo tuvo que renunciar a ciertas medidas que deseaba implementar, como el aumento de la carga fiscal sobre el diésel, la regulación del régimen de las socimis y la imposición de impuestos sobre vehículos de lujo, aeronaves y yates.

Una de las novedades más destacadas de esta reforma, relacionada con la aplicación del tipo mínimo del 15% a las grandes multinacionales, es la reestructuración del impuesto bancario, que cambiará de ser una prestación patrimonial a un impuesto gestionable por las haciendas forales y las comunidades autónomas. Este cambio implica que el nuevo tributo establecerá un tipo progresivo basado en los márgenes de intereses y comisiones de cada entidad bancaria.

Según los detalles revelados, este tipo progresivo se fijará del siguiente modo: un 1% para ingresos de hasta 750 millones, un 3,5% para aquellos que lleguen hasta 1.500 millones, un 4,8% hasta 3.000 millones, un 6% hasta 5.000 millones y un 7% para ingresos que superen los 5.000 millones.

Aunque esta medida está aún sujeta a convalidación en las Cortes y su aprobación no está garantizada, se prevé que en 2025 se implemente un nuevo gravamen temporal sobre las empresas energéticas, que contará con una bonificación de hasta el 60% para aquellas que realicen inversiones destinadas a la descarbonización, además de ser gestionado por las haciendas forales.

Las inversiones consideradas esenciales para la transición ecológica y la descarbonización abarcarán desde la producción de hidrógeno renovable hasta la transformación de residuos en productos reutilizables o gases renovables como el biogás, contribuyendo así al crecimiento económico y a la creación de empleo.

La intención original del Ministerio de Hacienda era extender el impuesto que había estado vigente hasta el 31 de diciembre del año actual, un compromiso establecido con ERC, Bildu y BNG. Sin embargo, esa tasa fue derogada tras la aprobación de la reforma fiscal, lo que llevó al Gobierno a emitir un decreto para restaurar el impuesto, aunque aún requiere convalidación.

Una de las medidas que se eliminará con certeza el 1 de enero será la reducción del IVA en alimentos básicos, aceite de oliva, pasta y aceites de semilla. Durante 2024, este impuesto ha ido recuperando sus tasas anteriores y se espera que ya para el primer miércoles del año nuevo se ajusten a los porcentajes habituales.

Entre octubre de 2024 y el 31 de diciembre, el IVA en alimentos básicos como pan, huevos, verduras y frutas se situó en el 2%, mientras que el de la pasta y aceites de semilla alcanzó el 7,5%. Con el inicio del nuevo año y después de una notable moderación de precios, el IVA en alimentos básicos regresará al 4%, mientras que el de la pasta y los aceites de semilla se establecerá nuevamente en el 10%.

Adicionalmente, el IVA del aceite de oliva se reducirá al 4% desde el 1 de enero, en lugar del 10% que se había estado aplicando. De igual manera, la reforma fiscal incluirá una reducción del IVA al 4% para los productos derivados de la leche.

En materia de electricidad, los consumidores verán un cambio significativo en su factura desde este miércoles, marcando el regreso definitivo del IVA al 21% que grava la electricidad.

A partir del 1 de abril de 2025, se instaurará un nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, también incluido en esta reforma fiscal.

También se ha decidido prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por mejoras de eficiencia energética en viviendas, lo que permitirá a los contribuyentes deducir un porcentaje en su IRPF por estas obras. Igualmente, se extenderá esa deducción para la compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, alcanzando un 15% del valor de adquisición o instalación de puntos de recarga.

En el Impuesto sobre Sociedades, esta reforma permitirá la continuidad de la libertad de amortización para inversiones que utilicen energías renovables hasta el ejercicio 2025. Además, se incrementará de 1.500 a 2.500 euros el umbral de rendimientos del trabajo que exigen presentar la declaración de la Renta, beneficiando así a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador.

Por otro lado, se prorrogarán los límites que definen en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para autónomos hasta el año que viene, salvo para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen sus propios límites. También se extenderán para el año 2025 los límites para aplicar el régimen simplificado y el régimen especial en el IVA, aplicables a la agricultura, ganadería y pesca.

Adicionalmente, estarán disponibles nuevas medidas para mitigar el impacto recaudatorio derivado de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que anuló parcialmente la reforma del Impuesto de Sociedades realizada por el exministro del PP, Cristóbal Montoro.

En esta misma línea, desde 2025 se aplicará una reducción en la carga fiscal para las empresas con ingresos inferiores a un millón de euros; de este modo, los primeros 50.000 euros de base imponible estarán sujetos a un gravamen del 17%, mientras que el resto será gravado al 20%, aplicándose una reducción gradual hasta el año 2027.

Asimismo, se aumentará en dos puntos la tributación de las rentas de capital que superen los 300.000 euros, pasando del 28% al 30%.

También se eximirán del IRPF y del Impuesto de Donaciones las ayudas destinadas a las víctimas de la DANA, y se establecerá un IVA del 0% en la compra de vehículos y en obras de mejora del hogar, extendiendo hasta 2025 la exención del IBI y el IAE.