Crónica España.

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JEC investiga a Pedro Sánchez por romper la neutralidad al atacar al PP en Moncloa.

JEC investiga a Pedro Sánchez por romper la neutralidad al atacar al PP en Moncloa.

En un movimiento que ha generado controversia, la Junta Electoral Central (JEC) ha decidido iniciar un procedimiento sancionador contra el presidente Pedro Sánchez. La acusación se basa en su supuesta violación de la obligación de neutralidad que deben mantener las instituciones públicas durante el periodo electoral, tras criticar al Partido Popular (PP) durante una rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa.

La denuncia fue presentada por el PP, que argumentó que durante su comparecencia del 15 de diciembre —justo en plena campaña electoral en Extremadura—, Sánchez utilizó un evento institucional para emitir declaraciones que podrían considerarse como propaganda partidista. Según el partido, esto infringe los principios básicos de objetividad e igualdad consagrados en la legislación electoral y las directrices de la JEC.

En su reunión reciente, la JEC ha decidido aceptar la denuncia del PP, observando que las declaraciones de Sánchez podrían estar bajo el alcance del artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Este artículo establece que las autoridades públicas deben actuar con imparcialidad en todo momento electoral, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración.

La JEC ha señalado que las manifestaciones del presidente no se limitaron a una rendición de cuentas, sino que incluyeron críticas hacia líderes de otros partidos y políticas de gobiernos autonómicos opuestos. La Junta sostiene que estas declaraciones podrían contravenir las normativas establecidas sobre la neutralidad en periodos electorales.

Como resultado, la JEC ha decidido abrir el expediente sancionador y ha instado a Sánchez a evitar este tipo de conductas durante el resto del periodo electoral, recordándole su deber de neutralidad. Este acuerdo de la JEC es firme en términos administrativos, aunque el presidente tiene la opción de presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en un plazo de dos meses tras la notificación.

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