El Tribunal Constitucional evaluará el próximo semana el recurso del Defensor del Pueblo sobre la caza del lobo.
En un desarrollo significativo que podría impactar la gestión de la fauna en España, el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido abrir el debate sobre la reciente legislación relacionada con la prevención del desperdicio alimentario. Este tema se abordará en el Pleno que se celebrará la próxima semana, donde se examinará el recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo. Las fuentes legales indican que este recurso se dirige especialmente contra ciertas disposiciones que, en la práctica, podrían facilitar la caza del lobo, coincidiendo con la disminución de su protección por parte de la Unión Europea (UE).
La responsabilidad de este caso recae en el magistrado Juan Carlos Campo, conocido por su orientación progresista. Se espera que proponga la admisión del recurso para su análisis, respaldado por la mayoría del tribunal, según las mismas fuentes consultadas.
El recurso del Defensor del Pueblo cuestiona tres disposiciones específicas de la ley: la disposición adicional octava, la disposición transitoria única y la disposición final decimonovena. Se argumenta que las dos primeras violan el derecho constitucional al medioambiente, mientras que la última afecta al derecho a la tutela judicial efectiva, según se establece en el artículo 24.1 de la Constitución.
La mencionada disposición adicional octava permite que la caza del lobo, así como de otras especies depredadoras consideradas dañinas para el sistema productivo, se justifique por razones de “eficiencia del sistema productivo”. El Defensor del Pueblo ha criticado esta formulación, calificándola de "indeterminada y confusa", lo que abriría la puerta a una interpretación amplia y potencialmente abusiva.
Por otro lado, la disposición transitoria única elimina la inclusión del lobo sur del Duero en la lista de especies protegidas, en caso de que se modifique su estatus a nivel europeo. El Defensor ha señalado que esta decisión no considera el estado actual de conservación de estas poblaciones en España, ni su papel ecológico fundamental en el equilibrio de los ecosistemas locales.
Asimismo, el artículo final decimonoveno también ha sido objeto de intervención por parte del Defensor, quien ha puesto en entredicho su constitucionalidad. Se sostiene que esta disposición carece de fundamentos técnicos o científicos ambientales suficientes que sustentan su obligatoriedad.
La protección del lobo ha sido un tema controvertido desde que el Gobierno lo incluyó en el catálogo de especies en 2021. Las tensiones entre las comunidades autónomas y el Gobierno central han escalado especialmente desde la aprobación de la Ley de Desperdicio Alimentario en marzo. Este conflicto se ha intensificado por la necesidad de que el Ministerio para la Transición Ecológica presente a la UE un informe sobre la especie antes de agosto.
Aunque la legislación sobre el desperdicio alimentario parece favorecer la caza del lobo, el estatus de "desfavorable" que tiene la especie podría limitar las acciones de gestión en su contra. El Pleno del Tribunal Constitucional se da la coincidencia con la revisión del informe en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, que, sin embargo, fue suspendida de forma inesperada el jueves. Esta decisión fue comunicada por el secretario de Estado de Medio Ambiente, quien respondió a una solicitud de desconvocatoria realizada por una plataforma en defensa de la Cordillera Cantábrica.
Esta plataforma ha instado al Defensor del Pueblo a solicitar medidas cautelares que impidan las actividades de caza de lobos hasta que se decida sobre el presente asunto. Sin embargo, dado que el Defensor no hizo tal solicitud en su recurso inicial, el Tribunal Constitucional no podrá adoptar ninguna medida cautelar en este momento.
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