En el desarrollo más reciente del 'caso Leire Díez', el juez a cargo ha decidido excluir como acusaciones particulares a dos figuras significativas: el magistrado retirado Manuel García Castellón y el empresario Víctor de Aldama, quien se encuentra vinculado al denominado 'caso Koldo'. La razón de esta decisión radica en la ausencia de pruebas que indiquen que hayan sufrido daños a causa de las acciones supuestamente cometidas por la exmilitante del PSOE.
El juez Arturo Zamarriego ha manifestado, en un reciente auto, que tanto García Castellón como Aldama deberían presentar una querella formal si realmente creen ser víctimas en esta situación. A su vez, el juez les ha ofrecido la opción de unirse al proceso como acusadores populares, en caso de que deseen continuar su intervención en el caso.
Anteriormente, en noviembre, el juez había permitido que ambos actuaran como acusaciones particulares, considerando que podían estar implicados como "víctimas o perjudicados". Esta investigación se centra en el supuesto papel de Díez, quien se cree que orquestó una "operativa delictiva y coordinada" con el fin de obtener información confidencial de altos mandos de la Guardia Civil y de la Fiscalía Anticorrupción para obstaculizar indagaciones sobre asuntos de gran relevancia vinculados a políticos y empresarios.
Respecto al empresario Aldama, se ha indicado que su equipo jurídico sostiene que podría haber sido objeto de un delito de revelación de secretos. No obstante, el juez ha puntualizado que los hechos que se le atribuyen no están relacionados con los delitos de cohecho y tráfico de influencias que son el núcleo de la presente causa.
En lo que concierne a García Castellón, el juez ha señalado que su documentación no presenta pruebas concretas que sustenten su afirmación de haber sido perjudicado. Su alegación se basa en interpretaciones de artículos periodísticos que sugieren que Díez podría haber difundido información falsa con el objetivo de dañar su reputación. Sin embargo, el juez considera que cualquier daño a su honor, de ser cierto, correspondería a un delito de injurias, que se halla fuera del ámbito de este proceso judicial.
Adicionalmente, el juez Zamarriego ha fallado a favor del recurso presentado por la defensa de Díez, desestimando la inhibición solicitada por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Badajoz y devolviendo el caso a su jurisdicción. El magistrado ha determinado que dicho juzgado no tiene competencias sobre este asunto.
Cabe mencionar que el mencionado juzgado había trasladado a Madrid una querella presentada por la organización Hazte Oír. Esta acusación apunta a Leire Díez y al exjuez Luis Sáez de Tejada por varios delitos, entre los que se incluyen revelación de secretos, estafa procesal, cohecho y tráfico de influencias.
En su denuncia, Hazte Oír sostiene que tanto Díez como Sáez de Tejada han intentado obstruir las investigaciones contra el hermano de Pedro Sánchez en el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, además de denunciar su "obsesión" por apartar a la jueza Beatriz Biedma de esa causa.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.