
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de tres años de prisión impuesta a un médico de familia que aprovechó su posición para cobrar por emitir certificados de defunción a sabiendas de que no requerían ningún coste.
En su sentencia, la Sala de lo Penal desestimó el recurso de casación presentado por el condenado contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que a su vez había confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra en 2021.
En los hechos probados, se establece que el acusado fue a un domicilio en Pontevedra donde había fallecido una mujer en noviembre de 2016, y posteriormente solicitó al empleado de una funeraria 70 euros para expedir el certificado de defunción, el cual debió ser gratuito.
En enero de 2018, repitió la misma acción, pero esta vez el empleado de la funeraria se negó a entregarle el dinero solicitado. Sin embargo, un mes después, el médico volvió a pedir 30 euros en circunstancias similares y obtuvo lo que quería. Con todo, en junio de ese año, el acusado solicitó 100 euros que finalmente no recibió.
Por estos hechos, la Audiencia de Pontevedra lo sentenció a tres años y un día de prisión, porque el doctor había incurrido en un delito continuado de cohecho y se le pidió que devolviera los 70 y 30 euros.
En la resolución, el Tribunal Supremo argumentó que la sentencia recurrida "ha cumplido con suficiencia el cometido que en su ámbito correspondía". El condenado había alegado una infracción del derecho a obtener tutela judicial efectiva y una supuesta lesión de preceptos constitucionales en relación con el principio de legalidad penal.
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