La empresa de Santiago Segura debe pagar casi 1 millón a Hacienda por impuesto de sociedades, confirma la AN.

La Audiencia Nacional ha confirmado que la sociedad a la que pertenece la productora del conocido actor y director de la saga ‘Torrente’, Santiago Segura, tendrá que pagar casi un millón de euros en impuestos de sociedades correspondientes al periodo 2010-2011. En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el tribunal ha rechazado el recurso presentado por el grupo empresarial AE William Holding SL, que incluía la productora ‘Amiguetes’, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 14 de febrero de 2019.
El recurso se presentó después de que las empresas del productor pasaran por una compleja serie de movimientos empresariales y dentro de la resolución de la Dependencia de Asistencia y Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria (AEAT), en relación con el Impuesto de Sociedades.
La defensa de Segura cuestionaba el artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS) y si este limitaba la compensación de bases imponibles negativas. La Audiencia Nacional aclara que lo que pretende ese artículo es evitar la desimposición por el doble aprovechamiento de pérdidas que se puede producir tanto si la sociedad con bases imponibles negativas es la entidad absorbida como si es la sociedad absorbente.
La sala del tribunal contencioso-administrativo también señaló que la interpretación finalista e integradora del artículo hecha por la inspección de Hacienda era la correcta y respetaba la neutralidad de las operaciones societarias, siendo el criterio más acorde.
La tesis de la recurrente, en cambio, supone una quiebra del referido principio al privilegiar el tratamiento fiscal de la fusión inversa frente al de la fusión directa, añade el tribunal. Así, la sociedad no podrá compensar las bases imponibles negativas de Amiguetes procedentes de los ejercicios en los que dicha sociedad no formaba parte del Grupo, por haber dado lugar a pérdidas en los socios anteriores. En resumen, permitir el doble aprovechamiento de una ventaja fiscal supondría incentivar fiscalmente que las reestructuraciones societarias se ejecuten de una determinada forma.
La sociedad recurrió en 2019 ante la Audiencia Nacional el acuerdo de liquidación dictado por la Dependencia de Asistencia y Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria (AEAT). El valor de las aportaciones de los socios obtenido al tiempo de la adquisición de Amiguetes por AE William Holding SL excedía el importe de las bases imponibles negativas pendientes de compensación en la sociedad ‘Amiguetes’. La Audiencia Nacional avala el acuerdo de liquidación.
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