Crónica España.

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Fiscalía rechaza la prórroga de la investigación del 'caso Begoña Gómez' hasta 2026 emitida por el juez Peinado.

Fiscalía rechaza la prórroga de la investigación del 'caso Begoña Gómez' hasta 2026 emitida por el juez Peinado.

En Madrid, el 16 de octubre de 2023, se ha desatado un intenso debate sobre la prolongación de una investigación que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La Fiscalía ha mostrado su desacuerdo ante la reciente decisión del juez Juan Carlos Peinado, quien ha decidido extender dicha investigación hasta abril de 2026. La razón de la protesta radica en que este proceso puede ser evaluado por un jurado popular, lo que lo exime de las limitaciones habituales en los plazos de instrucción.

Según un recurso consultado por Europa Press, el ministerio público argumenta que el tribunal del jurado opera bajo sus propias directrices, las cuales son específicas y no se relacionan con las limitaciones temporales que suelen aplicarse en otros procedimientos judiciales.

La Fiscalía considera que esta prórroga carece de pertinencia y necesidad, ya que los procedimientos que involucran a un jurado no deben regirse por las restricciones máximas de instrucción que suelen afectar a otros casos judiciales. Esta postura se presenta tras la decisión del juez de extender la causa contra Gómez, quien enfrenta acusaciones de tráfico de influencias, corrupción en los negocios y malversación, entre otros cargos, debido a la existencia de pendientes procesales.

La prórroga, de seis meses, comenzará a contarse desde el 16 de octubre de 2025, y podría prolongarse hasta mediados de abril de 2026. En ese momento, se cumplirían dos años desde el inicio de la investigación y se aproximaría la jubilación del juez, quien debe retirarse al cumplir 72 años.

Por otro lado, el empresario Juan Carlos Barrabés, sujeto a la investigación, ha presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid para impugnar el cambio de procedimiento al tribunal del jurado. La defensa de Barrabés reconoce que el tráfico de influencias es competencia del jurado, pero afirma que no necesariamente debe vincularse a otros delitos que no lo son, como la corrupción en los negocios o el intrusismo, a menos que exista una clara conexión.

Asimismo, subraya que la integración de delitos conexos en el procedimiento del jurado debe ser considerada como una excepción que debe manejarse con cautela y no de manera amplia. La defensa critica la falta de explicación en la resolución del juez Peinado sobre su decisión, afirmando que no se han esbozado de forma clara los hechos y las conductas que se imputan a los investigados.