Crónica España.

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La Unión Europea impondrá multas del 3% de los ingresos anuales a las empresas que no cumplan con la reducción de emisiones

La Unión Europea impondrá multas del 3% de los ingresos anuales a las empresas que no cumplan con la reducción de emisiones

BRUSELAS, 29 Nov. - El Consejo y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo durante la madrugada de este miércoles para revisar la directiva de emisiones industriales. Esta revisión propone que los Estados miembros impongan multas de al menos el 3% del volumen de negocios anual a aquellos operadores de la UE que tengan las infracciones más graves en términos de incumplimiento.

El texto exige a los países de la UE establecer sanciones efectivas y disuasorias para aquellos que violen las medidas adoptadas para cumplir con la directiva. Estas sanciones deben tener en cuenta la gravedad y duración de la infracción, su recurrente ocurrencia y los impactos en las personas y el medio ambiente afectados.

Además, se debe garantizar que las personas tengan derecho a reclamar indemnización por daños a su salud causados como resultado de una violación de las normas nacionales que transponen la directiva.

El acuerdo, que aún requiere ser formalmente ratificado por ambas instituciones, tiene como objetivo proteger mejor la salud humana y el medio ambiente mediante la reducción de emisiones nocivas de instalaciones industriales, incluyendo explotaciones ganaderas intensivas, en el aire, el agua, el suelo y en los vertidos de residuos.

Los legisladores han introducido el concepto de valores límite de desempeño ambiental (EPLV, por sus siglas en inglés), que serán establecidos por las autoridades competentes en los permisos para el establecimiento y funcionamiento de las instalaciones. Estos límites serán obligatorios para todos los recursos energéticos, excepto el agua.

El texto provisional ajusta los umbrales para la cría de animales en 350 unidades para cerdos, 280 para aves de corral (300 para gallinas ponedoras) y 380 cabezas de ganado para explotaciones mixtas. Sin embargo, las explotaciones extensivas y la cría de animales para uso doméstico quedan excluidas de la directiva, tal como solicitaba España y otros países.

Estas nuevas reglas se implementarán de manera progresiva, comenzando en 2030 para las explotaciones más grandes.

Además, la directiva incluye las actividades mineras, cubriendo la extracción y tratamiento de minerales no energéticos a escala industrial, como hierro, cobre, oro, níquel y platino. Sujeto a una revisión y propuesta legislativa de la Comisión, el ámbito de aplicación también podría ampliarse a los minerales industriales.

Los legisladores han establecido la fecha de 2028, y posteriormente cada cinco años, para que la Comisión revise la implementación de la directiva. Esta evaluación deberá tener en cuenta las nuevas técnicas y la necesidad de tomar medidas adicionales de prevención de la contaminación o imponer requisitos mínimos de emisiones a nivel de la UE.

Para 2026, la Comisión deberá evaluar la mejor manera de abordar las emisiones generadas por la ganadería y los productos agrícolas comercializados en el mercado de la UE.