En una reciente solicitud, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha instado a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a establecer que las compañías aseguradoras deben proporcionar una copia del informe pericial al asegurado en todo momento en que sea necesario determinar el origen de un siniestro y evaluar los daños físicos o materiales.
Según la OCU, actualmente esta obligación solo se aplica a los siniestros relacionados con vehículos si hay daños físicos o materiales involucrados. Esto se establece en el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
La falta de acceso del asegurado al informe pericial, considera la OCU, limita significativamente su capacidad para reclamar contra su aseguradora, ya sea por la cobertura ofrecida o por el monto de la reparación.
La organización señala que sin la posibilidad de acceder a la opinión del perito y a las razones detrás de la decisión de la aseguradora, el asegurado se encuentra en una posición de franca desventaja cuando se le comunica que un siniestro no está cubierto según el informe pericial.
La OCU también destaca que las prácticas restrictivas relacionadas con la falta de transparencia en el acceso al informe pericial persisten en los seguros más habituales, a pesar de que hace un año la organización solicitó cambios normativos al respecto a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
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