La Asociación saharaui lleva al Tribunal Constitucional el archivo de la querella por genocidio contra el líder del Frente Polisario.

En medio de una controversia legal, la Asociación Saharaiu para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEH) ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la decisión del Tribunal Supremo en el caso del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali.
Según ASADEH, Ghali está siendo acusado de presuntos actos de genocidio y tortura cometidos en cárceles secretas del Frente Polisario en Tinduf (Argelia).
La asociación argumenta que el delito de genocidio no prescribe y por lo tanto, la investigación debe continuar. Consideran que el archivo de la querella por parte del Supremo vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.
ASADEH destaca que el Código Penal de 1973, en vigor en la época de los hechos investigados, establecía un plazo de 20 años de prescripción para el delito de genocidio. Por tanto, al haber presentado la querella en 2006, consideran que se interrumpe el plazo de prescripción.
La asociación sostiene que todos los hechos cometidos contra los saharauis entre 1975 y 1991 deben considerarse como una unidad, y que Ghali formaba parte de estos hechos.
Este caso llega al Constitucional después de la solicitud de la ASADEH a la Audiencia Nacional para procesar a Ghali por los presuntos delitos de genocidio y tortura en Tinduf (Argelia).
En febrero de 2022, la Audiencia Nacional decidió archivar el sumario derivado de la querella contra Ghali, argumentando que no existía delito de genocidio y que había prescrito la investigación.
En mayo, el Tribunal Supremo respaldó esta decisión, mencionando que la Fiscalía había determinado que habían transcurrido los plazos de prescripción, ya que los hechos ocurrieron entre 1975 y 1990 y la primera imputación contra Ghali fue en 2012, más de 20 años después.
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