Crónica España.

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Fiscalía se opone a investigación de Dina Bousselham por falso testimonio en Madrid.

Fiscalía se opone a investigación de Dina Bousselham por falso testimonio en Madrid.

La Fiscalía Anticorrupción ha informado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de que no procede investigar a la exasesora de Podemos Dina Bousselham y a su exmarido Ricardo Sa Ferrerira por presuntos delitos de falso testimonio, denuncia falsa y simulación del delito, tal y como había solicitado el juez instructor del "caso Villarejo", Manuel García Castellón.

El escrito de los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas surge como respuesta al recurso de apelación presentado por Bousselham contra la resolución del instructor del 1 de septiembre de 2022 en la que se acordaba deducir testimonio contra ella en relación con la pieza 10 del "caso Tándem", que indaga en el robo de su teléfono móvil y el posterior uso de los archivos que contenía.

García Castellón había solicitado a los juzgados de Madrid que investigaran si la exasesora de Podemos cometió un presunto delito de falso testimonio después de constatar que se había extraviado la denuncia inicial que remitió a la sede judicial en septiembre. Además, acordó pedir a los Juzgados de Alcorcón que investigasen si la exasesora cometió un presunto delito de acusación y denuncia falsa y/o delito de simulación del delito.

En su escrito, los fiscales indican que procede estimar el recurso de Bousselham y se remiten a lo que ya habían indicado en julio de 2022 en respuesta a la acusación popular Prolege que puso el foco en las contradicciones de las declaraciones tanto de Sa Ferreira como Bousselham.

Los fiscales explicaron que se evidenciaban "las vaguedades y contradicciones de sus versiones sobre los hechos por los que fueron interrogados", pero que no se podía considerar que con las mismas se hubiera alterado "de ningún modo el resultado del informe pericial sobre el origen de los daños de la tarjeta". Cabe recordar que ese informe decía que resultaba "inviable" la atribución a Pablo Iglesias de un delito de daños informáticos sobre esa tarjeta de Bousselham que estuvo en sus manos por meses después de que se la facilitara Antonio Asensio.

Los fiscales recalcan que una vez concluida la fase de instrucción "resulta altamente previsible que ambos testigos tengan que declarar en el juicio oral sobre los mismos hechos". Por ello, conforme a lo previsto en el artículo 715 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), no estiman procedente proceder en estos momentos por un delito de falso testimonio contra ellos.

No ven tampoco que se deba abrir una nueva pieza separada en "Tándem" para proceder contra ellos por el delito de falso testimonio como conexo al delito de descubrimiento y revelación de secretos que se investiga en la pieza 10.

Recuerdan que el objeto de la causa y sus diferentes piezas separadas está centrado en las presuntas actividades ilícitas del comisario jubilado José Manuel Villarejo y su organización, por lo que "resulta improcedente la investigación dentro de este mismo procedimiento de presuntas conductas delictivas cometidas por personas ajenas a la citada organización", concluyen.