
En un movimiento que ha generado gran expectación, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente el segundo conjunto de medidas dirigidas a apoyar a los trabajadores afectados por la DANA. Este nuevo esquema, conocido como 'escudo laboral', establece restricciones para las empresas que reciben ayudas directas durante este periodo de crisis, donde se prohíbe la posibilidad de despedir a empleados por motivos relacionados con la fuerza mayor o causas económicas derivadas del evento climático.
Las empresas que no cumplan con estas nuevas obligaciones se enfrentarán a la obligatoria devolución de las ayudas y verán sus despidos clasificados como nulos, lo que refuerza la protección a los trabajadores en estos tiempos difíciles. Particularmente en el caso de los contratos fijos-discontinuos, las causas relacionadas con la DANA no justifican la finalización del periodo de actividad ni tampoco la falta de llamadas para trabajar.
Las cooperativas, por otro lado, están también bajo un nivel de protección significativo, ya que no podrán realizar reducciones permanentes en el número de empleos ni modificar la proporción de cualificaciones necesarias dentro de su colectivo, también a causa del temporal y por causas de fuerza mayor.
El Gobierno ha afirmado que este 'escudo laboral' retrotraerá sus efectos al 29 de octubre y que beneficiará a cerca de 400.000 trabajadores, además de contribuir a la supervivencia de alrededor de 30.000 empresas. Este es un esfuerzo significativo para paliar los efectos del desastre natural en el ámbito económico y laboral del país.
Dentro de este plan, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinará 50 millones de euros a los municipios perjudicados por la DANA. Esta inversión se realizará mediante subvenciones directas que ayudarán a financiar la contratación de desempleados, quienes, a causa del desastre, no han podido ejercer su actividad laboral y podrán aportar su esfuerzo a las tareas de reconstrucción.
El 'escudo laboral' incluye, además, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que se puedan activar por causas de fuerza mayor u otras extraordinarias relacionadas con la DANA. Empresas ubicadas en las áreas más afectadas y aquellas que demuestren una afectación considerable en su actividad podrán acogerse a estas medidas.
Los trabajadores afectados por ERTE, cuyas jornadas se vean reducidas o cuyos contratos se suspendan debido a la DANA, tendrán derecho a una prestación equivalente al 70% de su base reguladora, sin necesidad de haber cotizado previamente, beneficiándose además del hecho de que este tiempo no consumirá sus derechos sobre futuras cotizaciones. Las empresas en este régimen verán exoneradas sus contribuciones sociales hasta el 28 de febrero de 2025, lo que significará un respiro fiscal para muchas de ellas.
Con el fin de facilitar las tramitaciones correspondientes a suspensiones contractuales y reducciones horarias por causa de fuerza mayor, se ha simplificado el rol de la Inspección de Trabajo, que no requerirá informes obligatorios, aunque se deberán respetar los requisitos legales que se establezcan posteriormente. Esta medida busca optimizar los recursos administrativos en tiempos de crisis.
Además, en contextos donde la DANA haya afectado a la infraestructura de comunicación, se privilegiará el teletrabajo como modalidad de organización laboral, permitiendo una adaptación flexible a la situación. Este derecho se extenderá también a los socios colaboradores de las cooperativas, como un apoyo adicional para mantener la fuerza laboral en condiciones adecuadas.
En caso de que no sea viable el teletrabajo, los empleados tendrán derecho a permisos retribuidos con el 100% de su salario. A diferencia de las medidas implantadas durante la pandemia, estos permisos no serán recuperables, lo cual facilita el proceso para los trabajadores. Estos permisos se contabilizarán como días de trabajo efectivo y su duración no tendrá un límite específico, salvo en situaciones excepcionales como el fallecimiento de un familiar, donde se otorgarán cinco días hábiles desde el sepelio.
Los motivos para solicitar permisos son variados: desde la imposibilidad de desplazarse al lugar de trabajo debido a condiciones inseguras, hasta la búsqueda de familiares desaparecidos, pasando por situaciones donde la pérdida de hogar o bienes impida la asistencia al trabajo, o la falta de recursos técnicos para el teletrabajo.
La estrategia aprobada también permite que empleadas del hogar reciban una ayuda extraordinaria del 70% de la base reguladora sin requisitos de cotización previos, una medida que busca ofrecer soporte en un sector que muchas veces queda desprotegido. Las condiciones para acceder a esta ayuda también se han simplificado, proporcionando así un alivio necesario en momentos de dificultad.
Además, se establece que la suspensión de contratos temporales relacionados con la DANA interrumpirá el cómputo del tiempo de duración y periodos de referencia. Esto significa que los trabajadores podrán gestionar su situación laboral sin perder derechos adquiridos por el tiempo trabajado.
Para aquellos que ya percibían una prestación, existe la posibilidad de optar entre mantenerla o solicitar una ayuda específica del programa orientado a la DANA, lo que demuestra la flexibilidad del sistema para adaptarse a las necesidades de los trabajadores en esta crisis.
Siguiendo el modelo implementado durante la crisis sanitaria, el Ministerio de Trabajo ha lanzado el 'Plan Mecuida', que permite a los trabajadores ajustar su jornada laboral hasta un 100% para cuidar de menores o familiares. Este plan es adaptable y refleja una vez más el compromiso del Gobierno por facilitar la conciliación laboral en situaciones excepcionales.
Los trabajadores tendrán la posibilidad de solicitar cambios en su jornada laboral en función de sus circunstancias, siempre y cuando estén debidamente justificadas y sean razonables, tomando en cuenta tanto las necesidades personales como las operativas de la empresa. Esta medida se extiende no solo a la distribución del tiempo de trabajo, sino también a otras condiciones laborales que permitan cumplir con sus responsabilidades familiares.
En resumen, el 'escudo laboral' presenta una variedad de medidas que garantizan la protección y la estabilidad laboral de los trabajadores en un momento de gran incertidumbre, asegurando que el impacto de la DANA se gestione de manera eficaz y justa para todos los afectados.
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