Crónica España.

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El TEDH rechaza la apelación de Otegi sobre la revisión del 'caso Bateragune'.

El TEDH rechaza la apelación de Otegi sobre la revisión del 'caso Bateragune'.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en una decisión unánime, ha rechazado la apelación presentada por Arnaldo Otegi, líder de EH Bildu, en relación con el proceso de revisión del denominado 'caso Bateragune', que se llevó a cabo bajo las órdenes del mismo tribunal. Esta resolución se produce tras una larga historia legal que ha dejado un sabor agridulce entre los defensores de los derechos humanos y quienes abogan por la justicia.

En 2018, el tribunal con sede en Estrasburgo determinó que Otegi no había recibido un juicio justo en el caso que llevó su nombre, donde fue sentenciado a seis años y medio de prisión y diez de inhabilitación. En esa ocasión, se dictó que España había infringido el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, poniendo en tela de juicio la imparcialidad del proceso judicial al que fue sometido.

La controversia radica en que, según el tribunal europeo, Otegi y otros cuatro ciudadanos españoles no fueron juzgados de manera justa por la Audiencia Nacional en 2011, donde fueron condenados por pertenencia a la organización terrorista ETA. Este fallo generó un intenso debate sobre la vulnerabilidad del sistema judicial ante casos tan complicados como los relacionados con el terrorismo.

En diciembre de 2020, cuando la situación parecía haberse aclarado, el Tribunal Supremo optó por anular la sentencia original de 2011 en lugar de cancelar los antecedentes penales de Otegi y sus coacusados, como solicitaban. En cambio, ordenó repetir el juicio con un nuevo tribunal, un paso que muchos interpretaron como una salida intermedia en un dilema judicial complicado.

Los demandantes, tras presentar un recurso de amparo, vieron sus esperanzas de justicia frustradas cuando el Tribunal Constitucional anuló la sentencia del Supremo a principios de 2024. Aunque se dictaminó que un nuevo juicio podría violar los derechos fundamentales de Otegi, se mantuvieron vigentes las condenas previas del alto tribunal de 2012, que seguían pesando sobre él y sus coacusados.

Con el rechazo de la queja de Otegi ante el TEDH, quedó claro que el tribunal consideró que la decisión del Constitucional se sustentaba en criterios pertinentes y no alteraba las conclusiones previas de sus fallos. De esta manera, el TEDH señaló que la queja presentada carecía de fundamento y, por ende, debía ser desestimada, cerrando otra puerta en la ya de por sí ardua batalla judicial de Otegi.