
El Comité RFEF ratifica el jugar de Barça y Osasuna el 27 de marzo tras rechazar sus apelaciones
BARCELONA, 20 de marzo.
Este jueves, el Comité Nacional de Segunda Instancia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha hecho pública su decisión acerca del partido de LaLiga EA Sports entre el FC Barcelona y el CA Osasuna, que había sido aplazado debido al inesperado fallecimiento del doctor Carles Miñarro, integrante del cuerpo médico del club catalán. El duelo se disputará el 27 de marzo, tal como lo había estipulado el Comité de Competición, y se han desestimado tanto la solicitud del conjunto azulgrana como del equipo navarro de cambiar la fecha.
En su resolución, a la cual tuvo acceso Europa Press, se afirmó que se desestiman las solicitudes de ambos clubes y se ratifica la decisión anunciada por el Juez Único de Competiciones Profesionales el 17 de marzo. Esta señala que el partido aplazado se jugará el 27 de marzo de 2025.
Según lo establecido en el artículo 46.7 de los Estatutos de la RFEF, dicha resolución “agota la vía federativa”, lo que significa que, a menos que se presente un recurso en instancia judicial, tanto Barça como Osasuna están obligados a enfrentar el partido, que fue pospuesto el 8 de marzo tras el fallecimiento del doctor Miñarro. La hora exacta del encuentro aún está por determinarse por parte de LaLiga, que también había presentado alegaciones respecto al partido.
El FC Barcelona, en su escrito, ha argumentado que la fecha designada coincide con el regreso de varios de sus jugadores tras representar a sus selecciones nacionales, lo que les dejara sin suficiente tiempo para recuperarse. Esta situación afectaría al menos a seis futbolistas del plantel.
El club, en lugar del 27 de marzo, ha sugerido que el partido se dispute en fechas alternativas como el 20, 21 o 22 de mayo de 2025; y, subsidiariamente, el 27, 29 o 30 de abril de 2025.
La respuesta de Apelación al FC Barcelona ha sido clara: la convocatoria de jugadores nacionales no es argumento suficiente para alterar la programación de un encuentro, siempre que el equipo en cuestión cuente con suficientes jugadores disponibles para cumplir con lo estipulado en las normativas correspondientes, lo que, según su criterio, no sería problema en este caso.
Por otro lado, Osasuna ha manifestado que jugar el 27 de marzo no les permitirá descansar adecuadamente antes de su siguiente enfrentamiento contra el Athletic Club, argumentando que necesitarían al menos 72 horas de descanso. Solicitan que el partido se reprogramara para el 26 o 27 de abril, con opciones secundarias como el 7 u 8 de mayo y, finalmente, entre el 18 y 25 de mayo.
En respuesta a un requerimiento del Comité de la RFEF, LaLiga ha indicado que, si se mantiene la fecha del 27 de marzo, el partido correspondiente a la jornada 29 entre Athletic Club y Osasuna se retrasaría hasta el 30 de marzo de 2025 en horario vespertino, para no perjudicar al conjunto navarro.
Así, el Comité Nacional de Segunda Instancia ha reafirmado que, en virtud de la normativa vigente, si persisten las circunstancias que causaron la suspensión de un encuentro, este debe jugarse “en la primera fecha en que materialmente puedan disputarlo los dos contendientes”, lo que establece el 27 de marzo como fecha definitiva para el enfrentamiento.
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