Crónica España.

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"Nuevas regulaciones del becariado: derechos y responsabilidades para estudiantes y empresas"

Madrid, 5 de noviembre.

Este martes, el Consejo de Ministros ha dado el primer paso hacia la aprobación del anteproyecto de la Ley que establece el Estatuto para las Personas en Formación Práctica No Laboral en Entornos Empresariales, comúnmente conocido como Estatuto del Becario. Esta iniciativa, promovida por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, llega más de dos años después de su presentación inicial y ahora deberá seguir su curso legislativo en el Parlamento.

A continuación, se destacan los aspectos más relevantes de este proyecto en cuestión.

El objetivo de esta iniciativa es proporcionar un marco legal que regule las prácticas no laborales en las empresas, definiendo claramente tanto los derechos como las responsabilidades de los practicantes, así como las sanciones que afrontarán las empresas en caso de incumplimiento.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha descrito esta propuesta como "una reforma laboral para las nuevas generaciones". Según su explicación, la normativa pretende asegurar que las prácticas sean exclusivamente para el aprendizaje, y subrayó que no deben ser utilizadas como remplazo de trabajadores ya establecidos.

“Las personas en prácticas no deben ser un sustituto de los empleados; desde ahora, quienes se están formando contarán con derechos específicos”, enfatizó Díaz.

Las empresas estarán obligadas a reembolsar los gastos asociados a las prácticas, como transporte, alojamiento o alimentación, tal como lo establezcan los convenios o acuerdos de cooperación. Se ha implementado un régimen sancionador que prevé multas que pueden alcanzar los 225.018 euros por infracciones consideradas muy graves.

En el caso de infracciones catalogadas como muy graves en su grado mínimo, las multas oscilarán entre 7.501 y 30.000 euros, mientras que en su grado medio estarán comprendidas entre 30.001 y 120.005 euros.

Se considerarán infracciones muy graves, entre otros aspectos, aquellas relacionadas con la discriminación por edad, género, origen, religión, orientación sexual o ideología, así como cualquier trato desfavorable en situaciones de reclamación por igualdad.

Las prácticas extracurriculares no podrán exceder las 480 horas ni superar el 15% de los créditos ECTS correspondientes a la carrera. Asimismo, se regularán las prácticas vinculadas a títulos propios universitarios, estableciendo un límite total de hasta un 25% de los créditos ECTS entre curriculares y extracurriculares, o un máximo de tres meses si la titulación cuenta con al menos 60 créditos.

El Estatuto estipula que los estudiantes en formación tendrán derecho a integrarse plenamente en el entorno laboral de la empresa, accediendo a los mismos espacios que el resto de los empleados. Asimismo, deberán seguir las normativas de funcionamiento interno y de prevención de riesgos laborales, mantener la confidencialidad y seguir las orientaciones de su tutor designado tanto por la empresa como por su institución académica.

Los practicantes deberán presentarse en la fecha acordada, cumplir con el horario establecido, realizar sus actividades con esmero y mantener una comunicación constante con su tutor académico, informándole sobre cualquier eventualidad. También deberán entregar los informes o documentos necesarios para el seguimiento de su formación.

Este texto será analizado por las Cortes Generales, lo que podría dificultar su aprobación definitiva, sobre todo en el actual panorama político, caracterizado por las tensiones entre el PSOE y Sumar y la reciente ruptura de Junts con el Gobierno.

Por otra parte, los rectores de las universidades han expresado su preocupación por la falta de participación de la comunidad universitaria en la elaboración de esta normativa.