El Tribunal Supremo ha retirado la patria potestad durante cuatro años al acusado por violar al hijo menor de su expareja en Almería. La aplicación de la ley del 'solo sí es sí' ha sido clave en esta decisión, luego de un recurso de casación presentado por el Ministerio Fiscal que redujo la condena de 13 a once años y seis meses de prisión.
En una sentencia del 24 de junio, el Tribunal Supremo de la Sala de lo Penal ha resuelto el recurso de apelación de la Fiscalía. Además de la inhabilitación para la patria potestad, se ha impuesto al acusado la inhabilitación para el desempeño de cualquier actividad que implique contacto con menores, así como la libertad vigilada por diez años.
La Audiencia Provincial de Almería condenó al acusado como autor directo de un delito de violación, imponiéndole una pena de 13 años de prisión, inhabilitación absoluta, indemnización a la víctima y el pago de costas procesales.
Los hechos probados se remontan a agosto de 1999, cuando el acusado abusó sexualmente del hijo de su novia, quien contaba con nueve años. Tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí', la pena fue reducida a once años y seis meses de prisión.
El Ministerio Fiscal interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la no aplicación de ciertos artículos de la ley del 'solo sí es sí'. Como resultado, se impusieron nuevas penas de inhabilitación y libertad vigilada al condenado.
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