El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha emitido una importante sentencia este jueves, indicando que las cláusulas de plataformas de reservas de alojamientos online como Booking, que prohíben a los hoteles ofrecer precios más bajos a través de otros canales de venta, no son consideradas "objetivamente necesarias" ni "proporcionadas" a sus objetivos comerciales.
Según el Tribunal, las plataformas de reservas hoteleras online, como Booking, han tenido un efecto neutro, e incluso positivo, sobre la competencia. Esto se debe a que brindan a los consumidores acceso a una amplia variedad de ofertas de alojamiento, permitiéndoles comparar de manera sencilla y rápida, al mismo tiempo que ofrecen a los proveedores de alojamiento una mayor visibilidad.
En relación con la legalidad de estas cláusulas, el TJUE hace referencia a decisiones previas de los tribunales alemanes y la Autoridad Federal de Defensa de la Competencia alemana, que declararon ilegales las cláusulas de paridad de tarifas utilizadas por las plataformas de reserva hotelera. A pesar de esto, el Tribunal de Primera Instancia de Ámsterdam ha planteado dudas al TJUE sobre la validez de estas cláusulas, en respuesta a una demanda presentada por Booking.
En su veredicto, el TJUE subraya que las cláusulas que restringen la oferta en otros canales de venta operados por terceros, conocidas como paridad amplia, no son consideradas objetivamente necesarias ni proporcionadas para la realización de la operación principal. Esto puede llevar a una reducción de la competencia entre las plataformas de reservas hoteleras y la exclusión de las pequeñas y nuevas plataformas del mercado.
La sentencia también concluye que las cláusulas que restringen la oferta de alojamientos a través de los propios canales de venta de las plataformas, conocidas como paridad restringida, no son "objetivamente necesarias" para garantizar la viabilidad económica de las plataformas de reservas hoteleras. Estas cláusulas tienen como objetivo hacer frente al riesgo de parasitismo, pero su aplicación puede afectar negativamente a la competencia en el mercado.
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