La Fiscalía ha recurrido la decisión de la Sala de Vacaciones de inadmitir el recurso del ex presidente Carles Puigdemont y del ex consejero Toni Comín contra las órdenes nacionales de detención dictadas por el Tribunal Supremo por el 'procés'.
El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido debatir en Pleno este recurso presentado por la Fiscalía, después de que varios magistrados hayan pedido que sea el Pleno del Constitucional quien se ocupe de este asunto.
La ponencia ha recaído en el magistrado progresista Juan Carlos Campo.
En la sesión de esta mañana, el TC también ha resuelto sobre la abstención de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, que ha decidido apartarse de la deliberación sobre este asunto porque así lo ha hecho con todos los derivados del 'procés'.
El presidente del TC se abstuvo de los recursos presentados contra la sentencia del 'procés' después de que los líderes independentistas condenados le recusaran, alegando falta de neutralidad e imparcialidad.
Una vez resuelta la elevación a Pleno y la abstención del presidente, el Tribunal Constitucional estudiará el escrito presentado por la Fiscalía el pasado 1 de septiembre en el que se solicita la revocación del auto de inadmisión dictado por la Sala de Vacaciones.
El jefe de la Fiscalía del TC, Pedro Crespo, ha argumentado que la Sección de Vacaciones carecía de competencia para decidir sobre la admisión o inadmisión del recurso de amparo.
Crespo ha señalado que la resolución de la Sala de Vacaciones "no puede ser convalidada, ni tan siquiera valorada en cuanto a su contenido de fondo o su concreto sentido decisorio".
La decisión cuestionada por Crespo es la adoptada por la Sala de Vacaciones, con dos votos a favor y uno en contra, de inadmitir el recurso de Puigdemont.
El ex presidente y Comín alegaron que consideraban vulnerados sus derechos a la tutela judicial efectiva, al juez ordinario predeterminado por la ley y a un proceso con todas las garantías.
La Sala desestimó sus argumentos al entender que no se vulneró derecho fundamental alguno, ni en el caso de Puigdemont ni en el de Comín.
La inadmisión confirmó la decisión del juez instructor Pablo Llarena de ordenar la detención de Puigdemont si pisa el territorio nacional.
El pasado junio, la Sala de Apelación del Supremo avaló la decisión de Llarena al desestimar los argumentos de las defensas y de la acusación popular ejercida por Vox.
El alto tribunal también avaló que el juez instructor dictase la orden nacional de detención contra Puigdemont al considerar que si el líder independentista no adoptaba una "postura colaborativa con la Justicia" debía "asumir las consecuencias que el incumplimiento de la comparecencia lleva consigo".
Por otro lado, el pasado julio la Fiscalía pidió al juez Llarena que activara la orden de detención internacional contra Puigdemont y Comín, pero el magistrado instructor acordó que no actuaría hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre las eventuales medidas cautelares que ambos pueden presentar para ver restablecida provisionalmente su inmunidad parlamentaria.