El Tribunal Supremo ha convocado al exministro José Luis Ábalos y al exasesor ministerial Koldo García para que se presenten el próximo 27 de noviembre, en el marco de un procedimiento que analizará la posibilidad de enviarlos a prisión. Esta solicitud proviene de las acusaciones populares lideradas por el Partido Popular, que los acusan de irregularidades en los contratos de mascarillas adjudicados por el Ministerio de Transportes durante la crisis sanitaria.
El magistrado Leopoldo Puente, encargado del caso, ha establecido que ambos investigados deben comparecer en persona, cada uno con su abogado, en los horarios establecidos: Ábalos a las 10:00 horas y García una hora después.
Esta citación sigue a una reciente solicitud de la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares, que exigen la revisión de las restricciones que actualmente enfrentan Ábalos y García. Estas restricciones incluyen la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el país y la obligación de comparecer quincenalmente ante la justicia.
Las acusaciones ya han manifestado su intención de solicitar prisión provisional para ambos, argumentando que existen "indicios racionales de criminalidad" y que la gravedad de los posibles castigos es considerable.
En términos concretos, la Fiscalía requiere penas de 24 años de prisión para Ábalos y 19 años y medio para Koldo, por varios delitos que incluyen pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación. Además, solicitan que se les imponga una multa superior a 3,9 millones de euros.
Por su parte, las acusaciones populares han elevado sus solicitudes a 30 años de prisión para ambos, añadiendo a los cargos mencionados por la Fiscalía los delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial.
Las acusaciones enfatizan que su solicitud de prisión provisional es "idónea, necesaria y proporcional" para prevenir cualquier riesgo de fuga antes del juicio. Aunque la Fiscalía ha solicitado la celebración de la vista, aún no ha especificado qué medidas cautelares propondrá en este contexto.
El magistrado Puente ha aclarado en su decisión que, según el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las acusaciones tienen la facultad de solicitar la adopción o modificación de las medidas privativas de libertad que consideren pertinentes.
Además, ha indicado que cualquier cambio en las medidas cautelares de Ábalos y Koldo solo podrá llevarse a cabo si alguna de las acusaciones así lo demanda y tras escuchar a todas las partes involucradas.
También es importante recordar que Víctor de Aldama, el empresario vinculado al 'caso Koldo', está siendo procesado por su supuesta colaboración en el escándalo de contratos amañados de material sanitario durante la pandemia.
Tanto la Fiscalía como las acusaciones populares han solicitado una condena de 7 años de prisión para De Aldama, argumentando que su comportamiento colaborativo merece una atenuante. Sin embargo, no han solicitado la revisión de sus medidas cautelares actuales.
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