El Gobierno formará una comisión en tres meses para investigar las causas de la incapacidad temporal.
En un movimiento significativo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha dado a conocer la reforma relacionada con la jubilación parcial y activa, que tendrá efecto a partir del 1 de abril de 2025. Este anuncio ha sido realizado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el cual se ha comprometido a crear una comisión estatal en un plazo de tres meses. Esta comisión estará conformada por representantes del Gobierno, sindicatos y empresarios, con el propósito de llevar a cabo un análisis exhaustivo sobre la incapacidad temporal (IT) debido a enfermedades comunes, así como el seguimiento de las causas, incidencia y duración de los casos.
El Real Decreto-ley que respalda esta iniciativa fue aprobado en la última sesión del Consejo de Ministros del año, lo que demuestra la intención del Gobierno de abordar cuestiones urgentes en el ámbito laboral. La recién creada comisión tiene el encargo de investigar el impacto que la respuesta del Sistema Nacional de Salud ejerce en los procesos de incapacidad temporal, además de desarrollar líneas de actuación que protejan la salud de los trabajadores y busquen disminuir el número de casos y su duración, incluyendo un monitoreo constante de estas acciones.
A partir de las disposiciones de este decreto, la comisión estatal tendrá la responsabilidad de supervisar y controlar cómo se ejecutan los convenios que los servicios públicos de salud mantienen con las mutuas, a la vez que evaluará su funcionamiento operativo. También buscará proponer medidas que sean necesarias para mejorar la eficacia y la aplicación de estos convenios, lo que sugiere un esfuerzo por aumentar la coordinación en este ámbito crítico.
En un esfuerzo por descentralizar la gestión, se establecerán comisiones de seguimiento en cada comunidad autónoma. Estas comisiones estarán formadas por representantes de las Consejería de Sanidad, las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), integrando así a todos los agentes sociales que tengan representación en las comisiones ejecutivas del INSS en sus respectivas áreas.
El Real Decreto-ley que introduce estas reformas no solo crea la comisión, sino que también incorpora cambios cruciales acordados por el Ministerio liderado por Elma Saiz y los agentes sociales, con el objetivo de mejorar la regulación de la jubilación parcial, activa y demorada. Estas modificaciones buscan ofrecer a los trabajadores una transición más gradual y adaptable al mercado laboral, teniendo en cuenta las diversas circunstancias personales y laborales.
Entre las reformas más destacadas se encuentra la eliminación del requisito de tener una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. Este tipo de jubilación ahora será compatible con incentivos a la demora, fijando un sistema en el que cuanto más tiempo se retrase la jubilación, mayor será el incremento en el porcentaje que se aplique a la pensión. Así, por ejemplo, si la persona retrasa su jubilación un año, podrá recibir el 45% de la pensión, creciendo hasta un 100% si se opta por postergar su jubilación durante cinco años o más.
Adicionalmente, el nuevo marco legal establecerá que el porcentaje de la pensión se incrementará en cinco puntos por cada año adicional de actividad profesional ininterrumpida, aunque siempre garantizará que no se supere el total del 100% de la pensión. En cuanto a la jubilación parcial, se amplía la posibilidad de anticipar el acceso a la edad de jubilación de dos a tres años, aunque esto se hará con cambios en la reducción de la jornada laboral. Se destaca también que las condiciones para el trabajador relevista se verán mejoradas, exigiendo que su contratación sea indefinida y a tiempo completo.
Las modificaciones introducidas en el ámbito de la jubilación parcial y activa comenzarán a aplicarse a partir de abril de 2025, marcando un hito importante en la política de pensiones. Para los trabajadores de la industria manufacturera, se prorrogará el régimen vigente hasta el año 2029 y se introducirán ajustes que mejoren las condiciones del trabajador relevista, así como un diseño de regulación más equilibrado para que las empresas gestionen de manera más efectiva las jornadas laborales de ambos tipos de trabajadores.
El Gobierno tiene previsto realizar una evaluación del impacto de la reforma de la jubilación parcial en el último trimestre de 2028, lo cual refleja un compromiso con la revisión continua de estas políticas. Además, se señalará cómo la reforma mejora la jubilación demorada, que ahora podrá incluir un incentivo adicional del 2% por cada seis meses de retraso en la jubilación a partir del segundo año, un aspecto que también será compatible con la jubilación activa.
Dentro de un plazo de seis meses, se establece que el Gobierno deberá revisar el régimen jurídico del complemento económico por demora, adaptando la fórmula para el cobro de este complemento a los nuevos cambios introducidos. Estas reformas están en línea con el Pacto de Toledo, especialmente en relación con su recomendación 12 sobre la edad de jubilación, y completan el conjunto de reformas que se iniciaron en 2021, destinadas a aproximar la edad efectiva de jubilación a la edad legal y a proporcionar una gama más amplia de opciones a los trabajadores al momento de jubilarse.
Además, el Real Decreto-ley incluye un mandato para que en un plazo de seis meses el Gobierno analice los requisitos de la jubilación flexible, de modo que se incentive esta modalidad. Por otro lado, el texto también contempla mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos, restaurando el coeficiente multiplicador del 1,5 que era empleado para el cálculo del periodo de carencia para acceder a la pensión, ya sea por jubilación, incapacidad permanente, muerte o supervivencia.
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