Detectan 2.688 becarios fraudulentos entre 2021 y 2023, podrían enfrentar multas de hasta 225.000 euros con la nueva regulación.
En un reciente informe, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha identificado un alarmante número de 2.688 falsos becarios durante el periodo de 2021 a 2025, tras llevar a cabo 6.519 inspecciones. Esta situación, considerada un fraude tanto laboral como educativo, será penalizada con multas que pueden alcanzar hasta 225.018 euros a las empresas bajo el nuevo Estatuto del Becario.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a este proyecto legislativo destinado a regular las prácticas formativas no laborales en las empresas. Esta iniciativa, conocida popularmente como el Estatuto del Becario, fue gestada hace más de dos años entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, aunque se dejó de lado a la patronal, lo que ha generado ciertas tensiones en el panorama político.
Al tener un estatus legal, el proyecto enfrenta el proceso legislativo en las Cortes Generales. La reciente ruptura de Junts con el Ejecutivo añade un nivel de complejidad adicional a la aprobación final de esta ley, la cual ya ha suscitado diferencias dentro del Gobierno entre los aliados PSOE y Sumar.
El Ministerio de Trabajo justifica esta normativa como una herramienta crucial para combatir las prácticas de los falsos becarios, recordando que la Inspección de Trabajo regularizó cerca de 1.600 casos desde 2021 hasta 2023. De esta manera, se busca definir claramente los límites entre las relaciones laborales y las formativas, proporcionando a los jóvenes en prácticas una mayor seguridad jurídica y facilitando la labor de supervisión por parte de las autoridades.
Las nuevas regulaciones estipulan que las prácticas no laborales deben estar alineadas con la formación oficial, ya sea universitaria, de Formación Profesional o vinculada a los sistemas de empleo públicos. Si se establece una desconexión entre el aprendizaje y las tareas realizadas, se presumirá que existe una relación laboral formal.
Asimismo, se considerará que se establece una relación laboral si el becario reemplaza a un trabajador o si las actividades formativas no están debidamente ligadas al itinerario educativo del individuo. Las empresas ahora están obligadas a firmar convenios con centros educativos autorizados que definirán aspectos como la duración de las prácticas y los planes de formación.
Además, la ley limita el número de tutores a cinco becarios por cada uno, y a tres en empresas pequeñas con menos de 30 empleados. La cantidad total de becarios no podrá superar el 20% de la plantilla, permitiendo que, sin importar su tamaño, las empresas tengan al menos dos becarios en formación.
Con el objetivo de evitar cualquier forma de discriminación salarial, la normativa prohíbe que se cobre a los aspirantes por acceder a las prácticas, a la vez que garantiza la compensación por gastos. Además, se establece el derecho de los becarios a acceder a los mismos servicios que los trabajadores del centro.
El nuevo Estatuto del Becario también asegura que se respeten los descansos y vacaciones, tal como lo establecen las leyes laborales y los convenios colectivos aplicables. Se enfatiza la necesidad de compatibilizar las prácticas con otras actividades educativas, siempre que la empresa lo permita.
Por último, la legislación incluye medidas para salvaguardar la seguridad y la salud de los becarios, particularmente en lo que respecta al acoso, dado que la formación se realiza en entornos laborales ajenos a los centros educativos.