MADRID, 4 de febrero.
El Gobierno ha tomado la decisión de congelar las cuotas de los trabajadores autónomos para el año 2026 mediante la aprobación de un nuevo decreto. Este texto se presenta de manera independiente al anterior conjunto de medidas sociales y también incluye la actualización de las pensiones, la exoneración de la declaración del IRPF para los desempleados, y ajustes en las tarifas de cotización por contingencias profesionales, con el fin de evitar la confusión que llevó a la caída del decreto anterior.
En una reciente sesión del Pleno del Congreso, celebrada el 27 de enero, se rechazó el Real Decreto-ley 16/2025, conocido como 'ómnibus'. Este decreto no solo abordaba la congelación de las cuotas de autónomos, sino que también incluía la prórroga de un 'escudo social' para proteger a los ciudadanos de desahucios y cortes de servicios esenciales, así como diversas deducciones fiscales. La derogación fue impulsada por los votos en contra de PP, Vox y Junts.
Explicaremos ahora cómo afectará a los autónomos el nuevo decreto que el Gobierno ha aprobado, el cual todavía necesita la ratificación del Congreso de los Diputados.
La medida ha sido validada por el Consejo de Ministros y deberá ser convalidada en un plazo de 30 días por el Congreso, lo que significa que su implementación aún no es definitiva. Los partidos PP y Junts han manifestado su disposición para apoyar el decreto, siempre que se gestione como un texto independiente, mientras que Vox parece mantener una oposición irrenunciable por el momento.
Si el Congreso aprueba el aumento de las pensiones —lo que parece probable— las cuotas de los autónomos permanecerán sin cambios en comparación al año 2025.
El sistema de cotización, que fue acordado con las principales organizaciones de autónomos, comenzó a aplicarse a principios de 2023 y contempla un período de transición que se extenderá hasta 2032.
Este nuevo sistema se estructura en 15 tramos de cuotas, y para el año 2025, las cantidades oscilaban entre 200 y 590 euros mensuales, cifras que se mantendrán en el presente año.
Los autónomos podrán modificar su tramo de cotización cada dos meses, lo que les permite hacer hasta seis cambios al año, adaptando así su contribución a los ingresos esperados durante diferentes períodos y sus obligaciones laborales.
Los ingresos netos se determinan restando los gastos necesarios para llevar a cabo la actividad económica de los ingresos totales generados por el autónomo.
A dicha cantidad se le aplica una deducción adicional del 7% por gastos genéricos (un 3% en el caso de los autónomos societarios), resultando en la cifra que establecerá la base de cotización y, por ende, la cuota correspondiente.
Para aquellos autónomos que coticen por la base mínima y tengan rendimientos netos inferiores a 1.700 euros al mes, lo que corresponde a los seis tramos iniciales, las cuotas mensuales oscilarán aproximadamente entre 206 y 300 euros, variando en función del grupo de ingresos que abarquen y la base de cotización asignada.
Por otro lado, un autónomo con rendimientos netos entre 3.620 y 4.050 euros mensuales (tramo 13) que cotice por la base mínima, tendrá una cuota estimada de 504 euros al mes.
En el tramo más alto se encuentran los autónomos con ingresos netos que superan los 6.000 euros mensuales; su cuota para 2026, si cotizan por la base mínima, se situará en unos 607 euros al mes. Aquellos que opten por la base máxima, verán sus cuotas superar los 1.600 euros mensualmente.
El cálculo de las cuotas de autónomos se realiza aplicando un tipo total del 31,5% sobre la base de cotización, que se desglosa en distintos conceptos de cobertura. Esto incluye un 28,30% para contingencias comunes, un 1,30% para contingencias profesionales, un 0,90% por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un 0,10% para formación y orientación profesional, y un 0,90% por cese de actividad.
A partir del 1 de enero de 2026, el recargo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) incrementará del 0,80% actual al 0,90%, aplicándose sobre la base de cotización. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, este porcentaje se distribuye entre empleador y empleado, pero los autónomos asumirán en su totalidad este aumento dentro de su cuota.
Este recargo del MEI se incrementará de forma gradual hasta el 2029, momento en el que se fijará en el 1,2%. Los ingresos derivado de este recargo se destinarán a alimentar el fondo de reserva de la Seguridad Social, conocido como "la hucha de las pensiones", con el objetivo de asegurar la sostenibilidad del sistema en el futuro.
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