En los últimos días han trascendido 19 rebajas que se han producido en Castilla y León, País Vasco y el Tribunal Supremo
MADRID, 27 Ene.
El número de condenados por delitos sexuales que se vió beneficiado por el nuevo marco de penas que recopila la ley del 'solo sí es sí' sube por lo menos a 278, entre revisiones como condena a la baja y sentencias siguientes en app de la regla. Desde el 7 de octubre, en el momento en que entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 20 personas. Las últimas 19 rebajas de pena han trascendido este miércoles, jueves y viernes se han producido en Andalucía, Castilla y León, Galicia, País Vasco y el Tribunal Supremo.
La Audiencia de Vizcaya ha rebajado las penas de cárcel impuestas a nueve condenados por delitos sexuales al estimar que la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual les resulta mucho más conveniente. De media, en estas situaciones los jueces han acordado rebajas de entre uno y un par de años.
A la lista se aúnan tres rebajas dictadas esta semana por el Tribunal Supremo, que ha cambiado las penas de cárcel a tres condenados por una violación grupal a una mujer con discapacidad psíquica que sucedió en 2019 en un parque de Orkoien, Navarra, al estimar que la intimidación ambiental no fue presencial y al utilizar la novedosa redacción del Código Penal.
En esta situación, la Audiencia de Navarra había culpado a los tres como colaboradores precisos de las agresiones sexuales que cometieron 2 de ellos, pues entre los acusados sostuvo relaciones permitidas con la joven.
Ahora, el Supremo ha considerado pertinente sostener las penas a los 2 que fueron condenados por el delito de agresión sexual, pero ha acordado liquidar las que se les impuso como colaboradores de estas agresiones. Así, 2 pasaron de 17 a 13 años de prisión y uno pasó de 16 a 8 años.
Al margen, se ha contabilizado un caso mucho más en Andalucía una vez que el Tribunal Superior de Justicia haya rebajado de 7 años a 6 años y 8 meses la pena de prisión a un hombre que violó en múltiples oportunidades a la hija menor de su pareja en el momento en que ésta no se encontraba en el hogar.
Además, la Audiencia Provincial de León ha notificado 2 novedosas rebajas. En un caso, ha cambiado de 6 a 4 años la pena de prisión a un joven que hirió sexualmente a su expareja en un descampado de la región. En el otro, ha rebajado de 4 años a 3 años, 2 meses y 1 día la pena a un hombre que hirió sexualmente a una muchacha en el cuarto de contadores de un edificio y, además de esto, robó a la víctima sus tarjetas de crédito y otros efectos.
En Galicia se han registrados otras tres rebajas. En entre los casos, la Audiencia de Pontevedra ha achicado de diez a 9 años la pena de prisión de un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja.
En el segundo, la Audiencia de Ourense ha inspeccionado a la baja --de 8 años a 7 años y 6 meses-- la pena de prisión de un culpado que hirió sexualmente a una mujer en el baño de un pub. En el tercer caso, la Audiencia de A Coruña ha rebajado de 11 años a diez años y 6 meses de prisión la pena impuesta a un culpado por abusar sexualmente, de manera continuada, de su hija individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta.
Con las 19 novedosas rebajas contabilizadas entre miércoles, jueves y viernes, el número de condenados por delitos sexuales que se vieron favorecidos por la ley del 'solo sí es sí' pasó de 259 a 278 desde el pasado martes.
La semana anterior, la ministra de Justicia, Pilar Llop, lamentó que la 'ley del solo sí es sí' no haya tenido "los efectos deseados" y aseguró que en el ámbito del derecho transitorio el Gobierno "creyó que sería aplicable otro género de contestación" en armonía a la iniciativa por la Fiscalía General del Estado.
A 27 de enero, se afirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 17 comunidades autónomas. Según los datos recabados hasta la actualidad por Europa Press, constan 44 en País Vasco, 42 en Madrid, 33 en Comunidad Valenciana, 30 en Galicia, 21 en Andalucía, 21 en Castilla y León, 18 en Baleares, 13 en Canarias, 13 en Asturias, 11 en Cataluña, 9 en el Supremo, 8 en Extremadura, 7 en Cantabria, 2 en Murcia, 2 en La Rioja, 2 en Aragón, 1 en Castilla-La Mancha y 1 en Navarra.
De estos 278 casos, 20 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 2 en Asturias, 1 en Extremadura, 1 en Castilla y León, 1 en Canarias y 1 en País Vasco --por orden del Tribunal Supremo--.
Entre las rebajas mucho más substanciales registradas, constan 2 en Cantabria en las que se redujo la pena de prisión en 7 años. Así, los condenados pasaron de penas de 18 años a 11 años por una agresión sexual a una muchacha en un hostal de Santander.
Los casos aquí contabilizados representan una estimación a la baja, toda vez que no todos y cada uno de los TSJ llevan un registro actualizado cada día del número de casos de rebajas que se dictan en sus tribunales.
En los 278 casos registrados hasta la actualidad, los jueces comentan que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen pues nuestro Código Penal, en su producto 2.2, establece que siempre y en todo momento va a deber aplicarse la ley "mucho más conveniente" al reo.
La ley del 'solo sí es sí' ha causado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que quiere decir que un delito que hasta la actualidad recogía una conducta mucho más grave incorpore una de menor gravedad, con lo que la horquilla penal asimismo se ha ampliado para cubrir todo el abanico de hábitos penados en este momento como agresión sexual.
Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press comentan que el número de casos en los que se aplican las rebajas proseguirá medrando frente a las revisiones atentos en todas y cada una de las comunidades autónomas.
El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el 'caso Arandina' que la app de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es "obligatoria" por ser "mucho más conveniente" al reo.
El prominente tribunal debió utilizar la modificación penal al comprobar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de prisión --y no a diez, como solicitaba la Fiscalía-- a 2 exjugadores de ese club de fútbol al utilizar la ley del 'solo sí es sí'.
Los jueces elevaron las penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras remover la atenuante que se había apreciado por la proximidad de edad y madurez entre condenados y víctima.
El Supremo ha rebajado ahora 9 penas de cárcel que se relacionan con delitos de agresión sexual desde el momento en que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.